¿Quiénes pueden acceder?
Las personas
adultas mayores, al cumplir los 65 años de edad, tienen derecho a la devolución
del IVA pagado por sus compras de bienes y servicios de primera necesidad adquiridos
para uso y consumo personal, con facturas autorizadas por el SRI.
Se consideran
bienes y servicios de primera necesidad a:
RECUERDE QUE LA DEVOLUCIÓN DEL IVA NO APLICA en la adquisición de bienes y servicios destinados
para actividades comerciales.
Monto máximo mensual
A partir de
enero 2018 el monto máximo mensual de devolución del IVA corresponde a USD
92,64
Recuerde que la prescripción de la devolución
aplica transcurridos 5 años desde la fecha de emisión del comprobante de venta.
Ventanilla
- Original y copia de la solicitud de
devolución.
- Presentación de la cédula de ciudadanía del
beneficiario.
- Listado de comprobantes de venta válidos para
la devolución.
Internet
- Haber presentado la primera solicitud de
devolución por escrito en cualquiera de los centros de atención del SRI a
nivel nacional
- Obtener en las oficinas del SRI la clave de
acceso a SRI en Línea y presentar la cédula; y, el acuerdo de
responsabilidad para uso de medios electrónicos debidamente firmado, el
cual puede descargarlo.
- Llenar el listado de comprobantes de venta
físicos para solicitudes por internet
Requisitos especiales para ventanilla
En caso de que la
solicitud la presente una tercera persona:
- Llenar la autorización que consta en el
reverso de la solicitud.
- Presentación de la cédula de ciudadanía de la
persona beneficiaria.
- Presentación de la cédula de ciudadanía y
certificado de votación de la persona que ingresa la solicitud.
En caso de
que la solicitud sea firmada por un tercero:
- Copia del poder general o especial que le
faculte a la tercera persona a actuar en nombre del beneficiario.
En caso de
que la solicitud sea presentada por una persona de nacionalidad
extranjera no naturalizada:
- Si solicita la devolución de un período
anterior a la expedición de su cédula de ciudadanía, presentar la copia
del documento que acredite la fecha de su inscripción en el Registro de
Extranjeros del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Base legal
- Artículo
14 de la Ley del Anciano. Exoneración
de Impuestos Fiscales.
- Artículo innumerado a continuación del artículo 74
de la Ley de Régimen Tributario Interno. Derecho
a la devolución del IVA.
- Artículo 4 del Reglamento para la Aplicación de los
Beneficios Tributarios a favor del Anciano correspondiente a Impuestos
Fiscales. Aplicación de
beneficio tributario.
- Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención
y Documentos Complementarios. Documentos
válidos que sustentan la aplicación de beneficios tributarios.
- Artículo 181 del Reglamento para la Aplicación de la
Ley de Régimen Tributario Interno. Devolución
de IVA a personas adultas mayores.
- Artículo innumerado a continuación del
artículo 181 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno. Bienes y servicios de
primera necesidad.
- Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000462. Normas para la devolución del impuesto al valor agregado pagado.
Control posterior
El SRI podrá
verificar mediante procedimientos de control posterior, los montos
reintegrados, y de identificarse que se reconocieron valores indebidamente,
podrá cobrar estos valores incluyendo intereses y multas, o compensar con
futuras devoluciones a favor del beneficiario del derecho.
En los casos de
detectarse que el contribuyente ha presentado alguna solicitud de devolución
basada en información inconsistente, inexacta, con errores o mantenga
diferencias a favor de la Administración Tributaria, esta podrá deshabilitar la
atención de la solicitud de devolución por Internet y en tal virtud, el
contribuyente sólo presentará sus futuras solicitudes, en forma física, a través
de las ventanillas, para la regularización y/o compensación de las diferencias
encontradas.
En el siguiente link encontraras un vídeo donde podrás observar mas información a cerca de veste tema:
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Bibliografía:
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